La reforma y el añejo concepto de gasto tributario

Hasta antes de la reforma tributaria del año 2020, el entendimiento del gasto deducible o aceptado tributariamente, ocasionó la aplicación de sanciones del 40% sobre el monto rechazado si beneficiaba a un tercero, y de 10% sobre la tasa de global complementario, si beneficiaba a uno de los socios de la empresa, con un crecimiento recaudatorio superior al 1.000% en 10 años. Esa cifra, parecía ya en ese entonces absurdamente creciente para una norma de mero control, reflejo de la incerteza jurídica y discrecionalidad administrativa que rodeaba al concepto de gasto tributario.

La reforma tributaria del año 2020 (Ley N°20.210 ) avanzó en un nuevo concepto de gasto necesario para generar la renta (por tanto deducible), señalando que se entenderían por tales “aquellos que tengan aptitud de generar renta, en el mismo o futuros ejercicios y se encuentren asociados al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio…”. Un concepto más amplio que, a la vez, aportó una definición moderna y ajustada a la realidad de los negocios y emprendimientos. Se trata de la norma actualmente vigente.

En este punto, aquella reforma tributaria logró poner fin a la denominada “correlación ingreso-gasto”, inflexible y añeja exigencia que permitía absurdamente a la entidad fiscalizadora rechazar gastos por el sólo hecho de que en el mismo ejercicio aún no se generaban ingresos que pudieran relacionarse directamente a los primeros

La reciente reforma tributaria echa inexplicablemente pie atrás y vuelve decididamente a la añeja exigencia de correlación ingreso-gasto para el mismo período, es decir, vuelve a castigar tributariamente a los emprendimientos que no logran obtener ingresos inmediatos.

Por: Vicente Furnaro, abogado tributario y socio de Tax Defense

Reforma Tributaria: experto explica por qué los contribuyentes se anticipan a cambios en impuestos a herencias y donaciones

Ante los anuncios de la Reforma Tributaria que impulsará el nuevo gobierno, las discusiones sobre un impuesto al patrimonio neto han influenciado la decisión de ciertos contribuyentes de alto tamaño a anticipar planes de reorganización y traspaso de bienes.

La Reforma Tributaria, parte importante de los anuncios realizados por el presidente Gabriel Boric en la reciente cuenta pública, como todo proceso de cambios está causando incertidumbre entre los contribuyentes. Un aspecto relevante de dicho proceso que ha estado provocando importantes movimientos es el impuesto a herencias y donaciones.
Algunas adineradas familias iniciaron trámites ante la justicia para donar millonarias sumas a hijos y familiares. Vicente Furnaro, socio de Tax Defense, estudio boutique tributario que ofrece acompañamiento para grupos familiares y empresas, explica que esta tendencia se debe en parte a la sensación de incertidumbre propia de procesos de cambio y principalmente a la Reforma Tributaria que tendría la nueva herramienta del impuesto al patrimonio neto y, según parece, contemplaría además modificaciones al gravamen a las herencias y las donaciones, haciendo más gravosas dichas transacciones. Más allá de esto, lo cierto es que desde hace ya un tiempo diversas familias de altos patrimonios han evaluado herramientas de traspaso y organización en vida del patrimonio familiar, beneficiando directamente a hijos, nietos u otros, sin esperar al fallecimiento de los patriarcas, dada la incertidumbre de la regulación normativa que existirá en ese momento”, explica el abogado.

¿QUÉ OTROS ASPECTOS SE DEBEN CONSIDERAR?
Según Furnaro, “es muy importante entender que este tipo de gestiones debe cumplir con la autorización judicial correspondiente en protección de los restantes herederos y pagando la tributación prevista específicamente en la Ley de Impuesto a las Herencias y Donaciones”. A partir de lo anterior, las donaciones en vida pasan a ser un mecanismo certero y que da cuenta de la real voluntad de traspaso gratuito de bienes o dinero entre familiares, por tanto, “resulta plenamente recomendable en los casos en que la situación de cada familia lo amerite”, agrega el abogado Tax Defense.
Otro aspecto considerar cuando se habla de temas tributarios y en específico de gravamen a las herencias y las donaciones, según explica Vicente Furnaro, “es diseñar respuestas a las necesidades y requerimientos de los clientes con distintos mecanismos jurídicos de protección de los patrimonios familiares, así como la regulación y administración de estos a través de herramientas de gobierno familiar, entre las cuales ha venido adquiriendo un rol creciente el uso de donaciones personales de distinto tipo”.

Por: Vicente Furnaro

En sus nuevas oficinas Servicio más personalizado en lo tributario y corporativo

La boutique tributaria y corporativa cuenta con profesionales que entregan un servicio integral a los clientes, fundamentalmente empresas familiares, inmobiliarias, de inversiones, constructoras, de servicios, importadoras, exportadoras y entidades sin fines de Lucro.

Con más de ocho años en el mercado, Tax Defense, reconocida Boutique de servicios tributarios y corporativos, da un nuevo paso en el servicio personalizado a sus clientes, inaugurando hace pocos meses nuevas oficinas corporativas en las que cada cliente podrá sentirse como en casa para el desarrollo de la variable tributaria de su negocio.

El socio Vicente Furnaro explica que la definición de boutique tributaria es lo que han pretendido cautelar y hacer realidad durante todos estos años, mediante una atención directa y no delegada a los dueños y niveles gerenciales de las empresas que atienden, fundamentalmente empresas familiares,

inmobiliarias, de inversiones, constructoras, de servicios, importadoras, exportadoras y entidades sin fines de Lucro. “Concebimos la delegación en nuestro equipo de abogados o auditores de manera vertical y no horizontal, es decir, si bien los equipos apoyan a cada socio en el desarrollo de nuestro trabajo y quehacer cotidiano, ante el cliente siempre estamos nosotros estrecha y directamente vinculados.

Ellos ven a los socios involucrarse personal y directamente en sus decisiones. No existe espacio, entonces, para delegar ante ellos”, explica Vicente Furnaro.

“La posibilidad de dar este salto a esta nueva etapa de nuestra empresa es el resultado de una relación de más de cinco años promedio con nuestros clientes permanentes, con quienes ya nos sentimos formando equipo y mantenemos una mutua y estrecha relación profesional y personal”, agrega el socio de auditoría Miguel Angel Ojeda.

El crecimiento de esta oficina no ha sido pensado ni ejecutado en volúmenes de clientes o ventas, sino en la elección de clientes con quienes exista interés mutuo de trabajar a mediano o largo plazo, decisión que si bien en un principio ha significado una apuesta, hoy implica su más relevante activo. Fabiola Flies, abogada y socia de Tax Defense, explica que en un centro de coworking los integrantes conforman una comunidad de gestión horizontal, es decir, con una relación donde no existen
jerarquías. Nuestra idea es que a nuestros abogados y auditores se agreguen, en nuestros nuevos espacios, profesionales de especialidades complementarias (regulatoria, laboral, asesores en inversiones, ingenieros, sociólogos, consultores, etc.) con el fin de
que se produzca una interacción enriquecedora para los clientes de unos y otros.

Con cerca de 400 metros cuadrados, moderno diseño y un particular estilo, las oficinas de esta boutique tributaria, situada en el emergente barrio financiero de Apoquindo oriente, según esperan sus socios, les permitirá seguir creciendo a la escala definida desde un
comienzo, con clientes que sientan dedicación exclusiva y directa, que reciban un servicio proactivo, ético y técnico y que les permita incorporar la variable tributaria en cada una de decisiones.

La Tercera